Reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres

derechos reproductivos de las mujeres

Por Eva Becerril
Fotografía: Alejandra Zamora


En esta edición de Gaceta UAEH se hará una revisión desde la mirada académica sobre los derechos que se les han reconocido a las mujeres en México en años recientes, los cuales tienen que ver con la Interrupción Legal del Embarazo y el Acceso a una Vida Libre de Violencia.

Muchas personas se preguntarán, ¿por qué es necesario otorgar estas facultades a las mujeres si todos tenemos oportunidad de acceder a ello? La respuesta es que este es un grupo históricamente vulnerado por roles atribuidos socialmente, en donde si no son ejecutados lo mínimo que se recibe es una carga moral y prejuiciosa de quienes la rodean (algo que no debería suceder).

Tal como lo señala el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) en un informe sobre la violencia en tiempos de pandemia, ésta se manifiesta de distintas maneras y en distintos ámbitos, además, priva de manera grave el disfrute de los derechos y las libertades en igualdad de condiciones entre mujeres y hombres.

Dicho informe acota que la violencia contra las mujeres es un problema público, pues en México, un poco más de 66% de las mujeres han sufrido algún tipo de violencia a lo largo de su vida, ya sea familiar, escolar, laboral, en el espacio público o con su pareja.

De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en México la cifra de feminicidios pasó de un promedio de nueve a entre 10.5 y 11 diariamente a partir del 2020. Además, se agrega que 19.2 millones de mujeres fueron sometidas en algún momento de su vida a algún tipo de intimidación, hostigamiento, acoso o abuso sexual.



Normas oficiales que facultan


derechos reproductivos de las mujeres 2

En entrevista, la doctorante del posgrado en Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), Leyla Chávez Arteaga, mencionó que recientemente se dieron pasos importantes en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, como la actualización de la NOM-046-Norma Oficial Mexicana para la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención en el Diario Oficial de la Federación, para armonizar con la Ley General de Víctimas y el Reglamento de la Ley General de Salud, con el fin de evitar la doble victimización al momento de prestar servicios de atención médica en casos de embarazo por violación.

En dado caso, la mujer o adolescente mayor de 12 años de edad sólo debe presentar una solicitud en donde, bajo protesta de decir verdad, exprese que el embarazo es consecuencia de violación sexual. Esto quiere decir que ya no es necesario presentar una denuncia penal como requisito.

En este sentido, la también investigadora señaló que la Norma exige que los servicios públicos de salud deben contar con personal médico y de enfermería no objetores de conciencia con capacitación en procedimientos médicos legales, para ofrecer atención en las mejores condiciones.

La NOM-046 es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud, así como para quienes prestan servicios de salud en los sectores público, social y privado que componen dicho Sistema.

Recalcó la importancia de remover estigmas que evitan el acceso a la información sexual, porque se piensa que lo único que se hace es provocar o incitar. “Todos estos mitos son los que efectivamente hacen que las niñas no tengan información científica y laica para poder tomar decisiones, saber que si tienen alguna presión por parte de alguna persona tienen derecho a decir no”, mencionó.

Aprovechó la oportunidad para subrayar que es importante que las niñas y los niños sepan que tienen derecho a no ser intimidados en su cuerpo y en su intimidad sexual, que tienen derecho a no recibir este tipo de violencias y que el “No” tiene que ser respetado.

Para ello, la Norma Oficial Mexicana NOM-047-SSA2-2015, Para la atención a la salud del grupo etario de 10 a 19 años de edad, establece los criterios para asegurar la atención de calidad en salud sexual y reproductiva para niñas, niños y adolescentes entre 10 y 19 años de edad.



Factores de la interrupción


derechos reproductivos de las mujeres 3

Leyla Chávez Arteaga, doctorante del posgrado en Ciencias Sociales e investigadora.



Chávez Arteaga indicó que existen una serie de factores que llevan a la interrupción del embarazo, entre ellos se encuentra la violencia sexual, mecanismos de presión por parte de las parejas y algunas causas médicas.

No obstante, es importante visibilizar la violencia en el entorno familiar, una de las causales que llevan a la interrupción del embarazo y de las que no se desea abordar socialmente, en donde personas muy cercanas, como hermanos, tíos o padres, cometen violación, algo que se observó en mayor medida durante el confinamiento por la pandemia de SARS-CoV-2.

En este contexto, la investigadora comentó que existe una violencia estructural que evita abordar estos temas dentro de los núcleos familiares, como la dependencia económica o que esto se guarda incluso a costa de la seguridad de las propias mujeres, lo que también lleva a proteger a los agresores.

“Estas situaciones son una carga que se nos transfiere de manera automática a las mujeres, además de que está sustentada en la idea de la maternidad como uno de los elementos que dan valor a las mujeres, una maternidad forzada de la que no se pregunta si se quiere o no”.

Según datos del 2017 de la organización internacional sin fines de lucro Ipas México, algunas razones que generan un embarazo no deseado son las siguientes: en países de bajos ingresos, seis de cada 10 mujeres no tienen acceso a métodos anticonceptivos; fallas de los métodos anticonceptivos y uso incorrecto, según la OMS; delitos sexuales: en nuestro país se cometen en promedio 600 mil delitos sexuales al año, de esa cifra, nueve de cada 10 víctimas son mujeres y cuatro de cada 10 son menores de 15 años. La mitad de los delitos sexuales contra mujeres se desarrollan en sus hogares, y cerca del 60% de los agresores son familiares o conocidos.

En México, a diario se realizan más de mil 640 denuncias por violencia sexual; para 30% de mujeres y hombres jóvenes del país, los anticonceptivos son inaccesibles al no contar con recursos económicos, o porque su distribución es escasa.

Causales que permiten interrupción del embarazo en México: imprudencial o culposo; peligro de muerte; por malformaciones genéticas o congénitas graves del producto; grave daño a la salud de la mujer; causas económicas graves; a solicitud de la mujer de manera libre e informada, dentro de las primeras 12 semanas de gestación; inseminación artificial no consentida.

Es importante aclarar que no todas se presentan en cada legislación local, algunas leyes son más restrictivas.



Interrupción como problema de salud pública


derechos reproductivos de las mujeres 4

Leyla Chávez enfatizó que la interrupción del embarazo se ha hecho de manera histórica, pero debido a la falta de información y políticas públicas se ha considerado como un problema de salud.

Ante esto, compartió que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año en el mundo entre el 4.7% y el 13.2% de las muertes maternas se deben a procedimientos “nada seguros”, aquellos realizados por personas no calificadas con métodos peligrosos.

Según estimaciones de 2012, en los países en desarrollo siete millones de mujeres son atendidas al año en hospitales por complicaciones causadas por un procedimiento peligroso de interrupción del embarazo. Los costos que recaen sobre los sistemas de salud son excesivos.

En México, se estima que durante el periodo de 2010 a 2018 murieron 90 mil 562 mujeres de entre 10 y 40 años por causas relacionadas con el aborto practicado en condiciones de riesgo. El cambio en la letalidad por aborto en Ciudad de México antes y después de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) pone en evidencia la estrecha relación entre mortalidad materna y aborto inseguro: antes de la ILE 24.3 en el 2000 a 49.8 en 2007; Letalidad por aborto en Ciudad de México después de ILE del 2007 a 12.3, según datos de 2015.



Hidalgo, aprobación de la ILE


derechos reproductivos de las mujeres 5

En el estado de Hidalgo se debatió y aprobó la Interrupción Legal del Embarazo el 30 de junio de 2021, en donde se reformó el Código Penal y de la Ley de Salud local.

La entidad se convirtió en la tercera en el país al reconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes al despenalizar el aborto, esto tras la Ciudad de México y Oaxaca. En el estado se permite la interrupción hasta la semana 12 del embarazo.

Aquel día, la Legislatura en turno señaló: “con esto que se acaba de presentar se pretende salvar la vida de niñas y mujeres a las que No tenemos derecho de obligar a ser madres, ni mucho menos meterlas a la cárcel por interrumpir su embarazo, sea cual sea que haya sido su decisión, nosotros los hombres ni siquiera deberíamos emitir un juicio”.

Actualmente se han sumado a la despenalización de la interrupción del embarazo los estados de Veracruz, Colima, Baja California, Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur.

A esto se agrega el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la penalización del aborto en el Código Penal de Coahuila al declararlo inconstitucional. La decisión invalidó el artículo 196, que plantea la imposición de la pena de prisión de uno a tres años a la mujer que voluntariamente interrumpa su embarazo, así como a las personas que le asistieran.



Observatorio sobre cómo se ha aplicado


derechos reproductivos de las mujeres 6

La Asociación Civil Di Ramona (Diversidades, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento) ha realizado un observatorio sobre cómo se ha llevado a cabo la Interrupción Legal del Embarazo en Hidalgo.

De acuerdo con un trabajo de investigación, de julio de 2021 a febrero de 2022 se realizaron 291 procedimientos. Sin embargo, la organización civil ha señalado que aún falta mucha sensibilización, tanto del servicio médico como de la sociedad, además de dejar en claro que las mujeres y las personas gestantes tienen el derecho y la libertad de decir no.